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Avanzando Juntos

Es nuestra labor la de ir informando a nuestros socios de nuestros logros , poco a poco entre todos conseguimos pequeños avances que al final darán un gran resultado.

Es importante que todos conozcamos nuestros derechos para poder exigir un mayor control en cuanto a información alimentaria se refiere.

Comunicados de prensa

El Grupo Socialista pide fortalecer la escolarización segura del alumnado con alergias a alimentos
18 febrero 2023 El Grupo Socialista pide fortalecer la escolarización segura del alumnado con alergias a alimentos

La Proposición no de Ley socialista insta al Gobierno a elaborar las medidas necesarias para que todos los centros educativos de educación infantil, primaria y secundaria mantengan una política propia de prevención y gestión de la anafilaxia como requisito fundamental para una escolarización segura.

https://www.psoe.es/congreso/noticias-congreso/el-grupo-socialista-pide-fortalecer-la-escolarizacion-segura-del-alumnado-con-alergias-a-alimentos/

 

Los alérgenos alimentarios ocultos en el material escolar ponen en peligro a los niños alérgicos
8 septiembre 2022 Los alérgenos alimentarios ocultos en el material escolar ponen en peligro a los niños alérgicos

Alertan para una vuelta al cole segura

- Ceras, tizas, pasta para modelary pegamentos incluyen gluten, frutos secos, soja y leche 

- SEICAP, AVANZAX, ADAAEC, ABLAA, AEXAAL, ALERGUADA Y AEPNAA advierten sobre la falta de información en torno a los alérgenos alimentarios en los materiales escolares

Muchos proveedores no proporcionan ninguna información sobre los alérgenos ocultos en sus artículos

 

Madrid, 8 de septiembre de 2022. La Sociedad Española de Inmunología Clínica, Alergología y Asma Pediátrica (SEICAP) y diversas asociaciones de pacientes se han unido para alertar sobre los alérgenos ocultos en el material escolar en la “vuelta al cole”. Estas organizaciones denuncian que muchos proveedores, al serles requerida información sobre la posible presencia de alérgenos en sus productos para uso escolar, no proporcionan ninguna respuesta.

La Sociedad Andaluza de Alergia a Alimentos (AVANZAX), la Asociación de Alergia Alimentaria de Canarias (ADAAEC), la Asociación Basada en la Lucha de los Alérgicos Alimentarios de Valladolid (ABLAA), la Asociación Extremeña de Alérgicos a Alimentos (AEXAAL), la Asociación de Alérgicos a Alimentos de Guadalajara (ALERGUADA) y la Asociación Española de Personas con Alergia a Alimentos y Látex (AEPNAA)son las asociaciones de pacientes que alertan, junto a la SEICAP, sobre el peligro de estos alérgenos en la escuela.

Ceras, tizas, pasta para modelar y pegamentos, materiales de uso común en las aulas por parte de los niños, contienen en su fabricación, con mucha frecuencia, gluten, frutos secos, soja o proteína de la leche. El contacto, la inhalación o la ingestión accidental de estos productos hace peligrar la seguridad y la vida de los niños con enfermedades alérgicas, asma o inmunodeficiencias primarias (IDP) en la escuela.

En particular, la SEICAP y las asociaciones de pacientes advierten que se han identificado frutos secos en pinturas de dedos para bebés, acuarelas o témperas, gluten en pasta para modelar, soja, legumbres y cereales en ceras y proteína de la leche en tizas.  Sin embargo, aseguran que muchos proveedores no facilitan información sobre los alérgenos de estos útiles escolares, llegando a responder, en algunos casos, que “el material escolar no se come”.

Medidas de evitación

Ante la presencia de alérgenos alimentarios ocultos en el material escolar, la SEICAP recomienda buscar alternativas para los trabajos manuales con los artículos implicados, reemplazarlos por otros y repasar por parte del profesorado el listado de objetos que pueden contener estos ingredientes.

“No hay que discriminar en ninguna actividad del centro al niño por su alergia; lo que se debe hacer es disponer siempre de una alternativa. Además, es necesariodisponer de medicación de emergencia en el centro en un lugar accesible”, afirma el doctor Juan Carlos Juliá, coordinador del Grupo de Trabajo de Educación Sanitaria de la SEICAP. 

Según cifras de la SEICAP, un 25% de la población infantil padece algún tipo de enfermedad alérgica, lo que representa cerca de 2 millones de niños en toda España.Esta cifra aumenta un 2% cada año y obliga a aumentar las precauciones. “Es básico proporcionar a los niños alérgicos un entorno escolar seguro que garantice una máxima prevención de reacciones y la falta de información y de prevención sobre los alérgenos ocultos en el material escolar atenta contra este principio”, explica el doctor Juliá.

En este sentido, los pediatras alergólogos reclaman la existencia de un protocolo de actuación común frente a las alergias en el entorno escolar. Así, debería existir una formación en alergias por parte del profesorado y del personal no docente, para que sean capaces de identificar los síntomas de las distintas enfermedades alérgicas y cómo actuar en caso de reacción, así como conocer las medidas de prevención y evitación de alérgenos para prevenir situaciones de emergencia. Además, el colegio también debería tener un protocolo de actuación en caso de reacción.

Para más información: Ricardo Mariscal/Paula Cidoncha. COM SALUD. Tels.: 91223 66 78/ 629 82 36 62

 

 

 

Sentencia tras la reacción anafiláctica
14 octubre 2020 Sentencia tras la reacción anafiláctica

Un juzgado de Madrid emite una importante sentencia tras la reacción anafiláctica de un niño por la ingesta de un zumo mal etiquetado

 

  • El pasado mes de diciembre se dictó una sentencia muy relevante para los consumidores y especialmente para las personas con alergias a alimentos
  • Un Juzgado de Primera Instancia de Madrid condenó a una empresa a pagar una indemnización a una familia por los daños físicos y morales sufridos por un niño de 5 años tras la ingesta de un zumo mal etiquetado, que le provocó una grave reacción anafiláctica
  • AEPNAA se ha encargado de la asesoría legal de este socio y su familia

 

 Madrid, 12 de octubre de 2020_ El pasado 10 de diciembre se dictó por parte de un Juzgado de Primera Instancia de Madrid una sentencia muy relevante para AEPNAA y sus socios. En ella se reconoce no sólo los daños físicos, sino también los daños morales, ocasionados a una familia por el mal etiquetado en un zumo. Esta sentencia ya es firme por no haber sido recurrida por la empresa productora y comercializadora del zumo, y lo que es más importante, por el seguro que les defendía y se hacía cargo de todo.

 

Los hechos, constatados como probados en la sentencia, sucedieron en mayo de 2016 cuando uno de nuestros socios le dio a su hijo de 5 años un zumo cuyos únicos ingredientes descritos en el etiquetado eran agua, pulpa de piña colada y remolacha. Nada más ingerir el zumoel niño sufrió una reacción anafiláctica, por lo que fue trasladado de manera inmediata al servicio de urgencias del hospital más cercano, ingresando con parada respiratoria, requiriendo maniobras de reanimación y ese mismo día tuvo que ser trasladado a la UCI pediátrica del Hospital Universitario La Paz. El pequeño estuvo varios días hospitalizado, y tras recibir el alta hospitalaria, quedó en observación neurológica, recibiendo el alta médica cuatro meses más tarde, sin secuelas.

 

El motivo de dicha reacción fue que uno de los ingredientes del zumo, la piña colada, contenía proteína de leche de vaca a lo que era alérgico el pequeño. Este incidente generó una alerta alimentaria a nivel nacional por parte de AECOSAN (Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición).

 

Sentencia en firme

La empresa demandada, comercializadora del zumo, no negó en ningún momento ni la existencia del suceso, ni las consecuencias médicas sufridas por el menor, ni ser el fabricante del zumo que ocasionó tan lesivo incidente, pero sí negó haber incurrido en responsabilidad por el etiquetado deficiente del producto. Alegó que desconocía que la pulpa de piña suministrada por otra empresa proveedora contuviera trazas de proteína láctea, considerando que esta última empresa no le facilitó información veraz y que era a esta a quien se debería haber demandado.  

 

Respecto a este alegato de defensa, la sentencia en su Fundamento de Derecho Tercero, fue rotunda al manifestar que “lo cierto  fue que la empresa demandada elaboró, etiquetó y puso a la venta en España el zumo que causó el incidente, y ha de ser la demandada quien responda frente al consumidor final, que es quien ha resultado perjudicado”.Durante el juicio también quedó acreditado que la madre del menor estuvo de baja médica laboral durante varios días por estado de ansiedad.

 

En relación a la cuantificación de la indemnización, la sentencia consideró adecuado al caso concreto determinar como cuantías indemnizatorias las solicitadas por los padres y el niño, 100 euros por 1 día de estancia del menor en la UCI y 150 euros por los dos días de estancia hospitalaria y 3.750 euros a razón de 30 euros por cada uno de los 119 días invertidos en la curación de sus lesiones y recibir el alta médica, sumando por el concepto de lesiones del menor un total de 3.820 euros, todo ello calculado en virtud de la normativa que se utiliza en distintos ámbitos(laboral, sanitario, administrativo…) para fijar las indemnizaciones. También se consideró adecuada la cuantía solicitada por la madre del menor en concepto indemnizatorio por su baja médica, debido al estado de ansiedad padecido por estos hechos en la cuantía de 260 euros, por los 5 días de baja, a 52 euros por día de baja laboral.

 

En cuanto al resarcimiento de los daños morales, cuya existencia, tal y como recoge la sentencia, quedó suficientemente acreditada “al ser evidente y notorio que el sometimiento a una situación emocional tan estresante ha tenido que ocasionar necesariamente daños morales a los padres del menor”, se procedió acordar la indemnizaciónpor tal concepto en la cantidad de 6.000 euros. Aunque fue solicitadauna cantidadconsiderablemente superior, se está satisfecho con el fallo de la sentencia, pues lo que se pretendía sobre todo es concienciar de los riesgos que puede suponer para la vida de una persona no controlar de manera adecuada los procesos de producción y el etiquetado de los productos.

 

Asesoramiento de AEPNAA

En consonancia con los servicios que proporciona a sus socios, AEPNAA se encargó de la asesoría legal del socio implicado en este caso. El abogado Alberto Aramburu, colaborador de AEPNAA y director de este exitoso procedimiento judicial, señala la importancia de poner lo más rápido posible en manos de un profesional cualificado cualquier incidente que sufra una persona con alergia, pues del mismo puede resultar una negligencia, un daño del que sea posible reclamar una indemnización económica o un recorte de derechos y libertades para las personas con alergia, y así poder evaluar jurídicamente lo ocurrido y enfocar una buena defensa para conseguir el mejor resultado posible para los  intereses del afectado. Y desde luego, es muy importante la asistencia sanitaria o psicológica, en su caso, desde el primer momento para poder obtener una prueba que permita reclamar con posterioridad.

Desde la Asociación también se observa como necesario denunciar todas las situaciones en las que se incumple la normativa de consumo, alimentaria o sanitaria, que pueda poner en riesgo la vida de nuestros asociados, no sólo en vía judicial, en el orden que corresponda, sino también a nivel administrativo, para que estas negligencias o actuaciones perjudiciales sean sancionadas debidamente. Es importante movilizarse y actuar para crear conciencia y una sociedad con mayor empatía, escenario del que todavía nos encontramos muy alejados.

 

 

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AlleREACT: siete países europeos colaboran en un proyecto de investigación de vanguardia
7 abril 2016 AlleREACT: siete países europeos colaboran en un proyecto de investigación de vanguardia

La iniciativa AlleREACT, pretende ayudar a entender mejor las reacciones alérgicas por alimentos

AEPNAA informa de una nueva iniciativa de colaboración entre siete países europeos en un proyecto de investigación de vanguardia. Los pacientes con alergia a alimentos tendrán la oportunidad de notificar directamente sus reacciones alérgicas durante la fase crucial de implementación del mayor estudio internacional sobre alergias alimentarias, con objeto de conocer la verdadera frecuencia de las reacciones a los alimentos en tiempo casi real.

Se solicita tanto a adultos como a padres de menores con diagnóstico de alergia alimentaria en los siete países que se familiaricen con esta iniciativa y usen la herramienta cada vez que sufran una reacción alérgica, aunque sea leve. Si está interesado en participar, puede hacerlo ya a través del siguiente enlace al cuestionario online:  AlleREACT.

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Respuesta a artículo sobre alérgenos en Hostelería
11 febrero 2015 Respuesta a artículo sobre alérgenos en Hostelería

Comunicado de AEPNAA al respecto de artículo en la Voz de Galicia:

"Los hosteleros dicen que la norma de alérgenos les aboca a la ilegalidad"

Señores hosteleros:

dado el desconocimiento y poca voluntad de adaptación a la normativa que muestran artículos como el aparecido en La Voz de Galicia, desde AEPNAA queremos aclarar:

1-La normativa no busca fastidiarles, sino proteger la salud e incluso la vida de un colectivo en aumento en toda Europa, unos 17 millones de europeos (casi dos millones en España) tienen algún tipo de alergia alimentaria.

2- La normativa no obliga a hacer patatas fritas sin gluten, sólo a que si contienen gluten, nos lo digan: no obliga a cocinar para alérgicos, sólo a informar de qué alérgenos contienen los platos, para que la persona con alergia sepa qué puede o no puede comer, y pueda gestionar su riesgo individual.

3-Si además de informar correctamente tienen la voluntad y los medios para facilitarnos la vida cocinando algunos platos que el alérgico pueda comer sin riesgo, enhorabuena, habrán ganado una familia, más sus amigos, etc de clientes fieles y agradecidos. Pero no es eso lo que les exige la normativa.

4- La información no tiene por qué darse en la carta, si por días se cambian los platos, sólo es necesario tener por escrito los alérgenos, por ejemplo, en una ficha técnica del plato, que si se tiene ya preparada, se puede incluso modificar e imprimir en el día.

5-La información, sensibilización y formación adecuadas son imprescindibles para conocer los riesgos y poder informar al consumidor de manera rigurosa, exacta y veraz.

6-El plazo para adaptarse ha sido de 3 años (desde diciembre de 2011), pero estamos de acuerdo en que la Administración debería haber informado de la nueva normativa a los sectores afectados y aclarar cómo debía cumplirse en España mucho antes, no más de dos meses después de que ya fuera de obligado cumplimiento.

La alergia alimentaria es un problema de Salud Pública en aumento. Con voluntad, y sí, algo de esfuerzo, se puede. Juntos Podemos.

Más información:
http://www.restauracioncolectiva.com/es/index.php?pag=nota&id=2161&cid=17

 

Las personas con alergias podrán solicitar información por escrito a centros de resturación
12 diciembre 2014 Las personas con alergias podrán solicitar información por escrito a centros de resturación

El Reglamento de la UE entró en vigor en diciembre de 2011 y, tras pasar 3 años de adaptación, en lo referente a la información sobre alérgenos, es de obligado cumplimiento en todo el territorio español a partir de mañana 13 de diciembre de 2014.

Esta normativa afecta a cualquier establecimiento que proporcione alimentos envasados o no envasados, como los establecimientos de hostelería, restauración, hospitales, comedores escolares y comercios minoristas (panaderías, carnicerías, etc.), entre otros.

La información ha de ser clara y accesible por el personal de hostelería y restauración, que tendrá que responder a las solicitudes de los clientes con alergia a alguno de los 14 alérgenos de declaración obligatoria1que lo requieran.

Existe un proyecto de Real Decreto de ámbito nacional, cuya publicación se espera de forma inminente, que desarrollará las opciones para proporcionar la información obligatoria que recoge el Reglamento en los alimentos no envasados.

Para ver la nota de prensa completa, descargar documento:

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AEPNAA reclama la implicación de la administración en la formación
20 noviembre 2014 AEPNAA reclama la implicación de la administración en la formación

AEPNAA ha recogido hasta el momento más de 20.000 firmas en favor de la petición de nuevas medidas administrativas

La Asociación Española de Personas con Alergia a Alimentos y Látex reclama mayor implicación de la Administración en la formación y en la elaboración de protocolos para la atención de menores con alergia en las escuelas. El próximo 22 de noviembre, durante las Jornadas Informativas para Profesores que organiza la Asociación en Madrid, se seguirán recogiendo firmas para reclamar medidas que garanticen la seguridad e integración de los menores con alergia en las escuelas de acuerdo con el documento de consenso publicado el año pasado por los Ministerios de Educación y Sanidad

El colectivo reclama una regulación específica que cubra el vacío legal para la custodia y administración de la medicación de rescate de los menores alérgicos en riesgo de anafilaxia, así como la protección jurídica necesaria para el profesorado que les atiende.

 

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Desprotección de los menores con alergia en diversos Centros Escolares
1 octubre 2013 Desprotección de los menores con alergia en diversos Centros Escolares

AEPNAA alerta de la deprotección que sufren los menores alérgicos en diversos Centros Escolares

Nota de prensa de AEPNAA lanzada a raíz de las incidencias surgidas en cada inicio de curso, entre otras la no admisión de la medicación de urgencia para crisis anafilácticas.

 

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Creación Comité Científico AEPNAA
16 julio 2013 Creación Comité Científico AEPNAA

1ª Reunion del Comite Cientifico De AEPNAA

AEPNAA reúne a los miembros de su recién creado Comité Científico, anunciado durante la pasada Semana Mundial de la alergia, el próximo sábado 15 de junio.

Esta reunión inicial del Comité Científico con la Junta directiva de AEPNAA constituirá el punto de partida formal de este nuevo proyecto, fruto de la colaboración ya existente desde nuestra fundación y a lo largo de nuestra trayectoria con distintos especialistas médicos.

Emprendemos este nuevo proyecto con ilusión, y esperamos que suponga un paso más en el cumplimiento de uno de los fines de AEPNAA: "Relacionarse y coordinarse con Médicos y Especialistas para contribuir a una mejor prevención y control de la alergia" (Estatutos de AEPNAA, artículo 2º, apartado 3)

El Comité Científico de AEPNAA reúne a especialistas de las principales sociedades médicas de alergia y pediatría de nuestro país, AEP (Asociación española de pediatría), SEAIC (Sociedad española de Alergia e Inmunología Clínica) y SEICAP (Sociedad Española de Inmunología Clínica y Alergia Pediátrica)

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